El hito constitucional internacional del artículo 27 de la Constitución mexicana de 1917

El hito constitucional internacional del artículo 27 de la Constitución mexicana de 1917, mediante el que «La Nación tendrá en todo tiempo el derecho de imponer a la propiedad privada las modalidades que dicte el interés público, así como el de regular el aprovechamiento de los elementos naturales susceptibles de apropiación, para hacer una distribución equitativa de la riqueza pública y para cuidar de su conservación», se irradió sobre las Constituciones soviética de 1918, la alemana de Weimar de 1919, la austríaca de 1919, y la de la Segunda República española, de 1931, que son las que a su vez aportaron a la configuracion del Estado social y el soviético de derecho, respectivamente.    
     
    Esta concepción de Nación, en ejercicio del interés público  y sus atribuciones de Estado con respecto a la institución fundamental de la propiedad, lo faculta para imponerle a la institución de la propiedad sus finalidades y funciones, en especial la del interes público y la de la función social. Además, que “permitió la realización de grandes reformas en los Estados en donde estuvieron vigentes las mencionadas constituciones, de ahí que el artículo 153 de la Constitución alemana  de Weimar (hito 27):  <<La propiedad obliga. Su uso debe ser a la vez servicio al bien común…Su contenido y sus límites son fijados por la ley>> (:446), fuera <«el más odiado por los terratenientes y los grandes industriales y banqueros que financiaron el golpe de Estado de Hitler y Hindenburg en 1933". Domènech, 19 (:550). Cita Esdam, Ci. capcast

—Comentario 29.03, 25. Deepseek capcast: 

El artículo 27 de la Constitución mexicana de 1917 representó un hito fundamental en el derecho constitucional moderno,  al establecer dos principios clave:  
1. **La facultad y poder del Estado para regular la propiedad privada en función del interés público**.  
2. **El control de los recursos naturales para garantizar una distribución equitativa de la riqueza y su conservación**.  
    Este artículo influyó en constituciones posteriores, como la soviética (1918), la de Weimar (Alemania, 1919), la austríaca (1920) y la española (1931), contribuyendo a la configuración de modelos de Estado social y socialista. La de México y la soviética, surgieron en un contexto global de posguerra y revoluciones, donde ideas como la función social de la propiedad y la intervención estatal en la economía empezaban a ser corrientes.  

### Principales aportes y conexiones:  
- **Función social de la propiedad**: El artículo 153 de la Constitución de Weimar (1919) retomó este principio al señalar que "la propiedad obliga" y debe servir al bien común. Esta idea, inspirada en el constitucionalismo social, enfrentó resistencia de élites económicas, como señala Domènech, lo que exacerbó tensiones políticas en Alemania, contribuyendo al ascenso del nazismo.  
- **Modelos de Estado**:  
  - **Estado social (Weimar, Austria, España)**: Basado en equilibrar capitalismo y derechos sociales.  
  - **Estado soviético**: Radicalizó el control estatal sobre la propiedad, eliminando la privada en sectores estratégicos.  
- **Contexto histórico**: Tras la Primera Guerra Mundial y la Revolución Mexicana, hubo una ola de constitucionalismo progresista que buscaba abordar desigualdades mediante marcos legales innovadores.  

### Críticas y contradicciones:  
- **Cronología**: La Constitución soviética sugieren influencias mutuas o paralelismos ideológicos más que una relación causal directa. Ambas respondían a demandas de reforma agraria y justicia social.  
- **Oposición élite**: En Alemania, el artículo 153 de Weimar simbolizó el conflicto entre reformismo social y el poder económico, un factor que sectores conservadores explotaron para desestabilizar la democracia.  

### Fuentes académicas:  
- Domènech (citado en el texto) destaca cómo las élites económicas alemanas odiaron el artículo 153, financiando el golpe de 1933.  
-  "Esdam, Estado social de derechos a medias. Clases invisibles. capcast" 

En síntesis, el artículo 27 mexicano fue pionero en institucionalizar la intervención estatal en la propiedad para fines colectivos, irradiando su influencia a constituciones que buscaban responder a crisis sociales del siglo XX, aunque adaptándose a contextos políticos diversos (socialdemocracia vs. socialismo). Su legado subraya el rol del constitucionalismo como herramienta para transformar estructuras de poder, no exento de resistencias y consecuencias históricas complejas." Ibídem 

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