Procedencia o no de una ANC Popular. Memoria
Procedencia o no de una ANC Popular. Memoria Capcast
La convocatoria presidencial a una nueva Asamblea Constituyente Popular, hace recordar cuando se debatía constitucionalmente en la CSJ, si era procedente o no una extraordinaria ANC. No estaba reconocida en la normativa constitucional, y además era inédito por voto universal y un Acuerdo de Paz con la insurgencia armada. La razón de la decisión la fundó, en lo siguiente:
<<La Sentencia de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) del 24 de mayo del 90. La definitoria sentencia de la CSJ, en la razón de la decisión, expresó:
"El derecho no pertenece al ámbito de lo lógica ni el jurista debe limitarse a examinarlo como un conjunto de normas. Su ser ontológico se halla en el mundo de los valores y por lo tanto exige preguntarse sobre la utilidad o inutilidad de las normas juridicas para realizar determinados fines que se juzgan valiosos para la comunidad donde uno de estos va lores es la paz (Del Veccia, Giorgio y Recasens Siches, Luis. Filosofia del Derecho. UTHEA, Méxicon, 1956)." Cit. CPC91-CF Defensoria, 09: p. 34:
—Notas. Clases invisibles Ci.
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