Dignidad humana. EL SER HUMANO NO ES UN RECURSO. ES PERSONA. VVAA

Dignidad humana. EL SER HUMANO NO ES UN RECURSO, ES PERSONA.— Corte Constitucional Colombia, C 037-96. VVAA. 

1. Extracto jurisprudencial. Hito
<<El artículo 1° de la Constitución consagra "el respeto de la dignidad humana" como uno de los fundamentos de nuestro Estado social de derecho. Y no es ese un concepto vano, sino al revés, lleno de contenido ético y político. Porque el reconocimiento de la dignidad humana implica la concepción de la persona como un fin en sí misma y no como un medio para un fin. En otras palabras, como un ser que no es manipulable, ni utilizable en vista de un fin, así se juzgue este muy plausible. 
El Estado esta a su servicio y no a la inversa. Llamar "recursos humanos" a las personas que han de cumplir ciertas funciones, supone adoptar la perspectiva opuesta a la descrita, aunque un deplorable uso cada vez más generalizado pugne por legitimar la [inconstitucional] expresion. 
Es deber de la Corte preservar el contenido axiológico humanístico que informa a nuestra norma fundamental, velando aún porque el lenguaje utilizado por el legislador no la contradiga.>> Sentencia C-037-96. M.P. Vladimiro Naranjo(*). Ley Estatutaria de la Justicia. INEXEQUIBILIDAD DE LA DENOMINACION RECURSOS HUMANOS. TITULO SEXTO (XX)DE LA RAMA JUDICIAL.https://www.corteconstitucional.gov.co/relatoria/1996/C-037-96.htm#:~:text=%E2%80%9CNing%C3%BAn%20superior%20jer%C3%A1rquico%20en%20el,deba%20adoptar%20en%20sus%20providencias%E2%80%9D. 
—Cit. Capcast 

2. AskAI.GPT: Vision estándar editada. 

1. "La observación refleja una perspectiva ética y filosófica importante respecto a la consideración del ser humano [x]

La sentencia C-037/96 de la Corte Constitucional de Colombia, con ponencia del magistrado Vladimiro Naranjo Mesa, aborda la inadecuación [e inconstitucionalidad]  del término "recursos humanos", para referirse a las personas que integran una organización, en este caso, la rama judicial.

El argumento central de la sentencia es que el uso del término "recursos humanos"[desconoce la dignidad y] reduce a las personas a meros [instrumentos y] medios para lograr un fin. (L)o que es incompatible con la concepción de la persona [con dignidad] como un fin en sí misma, (x) que es principio fundamental de la misma dignidad humana. 
Esta perspectiva está profundamente arraigada en la filosofía kantiana y los principios de los derechos humanos [universales, comunes a toda personas.]

La sentencia [expresa] la preocupación por (x) el lenguaje utilizado en [lo social], en las leyes y en la gestión organizacional, (lo) que puede influir en la percepción de [identidad de] las personas y en cómo se valoran [y aplican] sus [atributos] . 
Al declarar inconstitucional la denominación de "recursos humanos" en el contexto jurídico de la rama judicial, la Corte [en ética y accionar ordena] preservar el valor intrínseco [de] la dignidad de las personas, y [destaca] la importancia de que el Estado y sus instituciones respeten, promuevan [y hagan real y efectiva] esta concepción.

En el ámbito laboral contemporáneo, muchos defensores de un enfoque (x) humano en la gestión organizacional han promovido alternativas al término "Recursos humanos", como(:) "capital humano" (sic!) , "talento humano" o simplemente "personas" [colectividades y grupos]. [ A fin de que se instaure úniversalmente], el valor de la dignidad de cada individuo [en la sociedad y] dentro de una organización [y en la vida cotidiana].

Es importante señalar que, aunque el término "recursos humanos" sigue siendo ampliamente utilizado, hay una creciente conciencia y esfuerzo por cambiar el lenguaje [El poder de las palabras. Sigman)* y las prácticas para [hacer real y cotidiana] una visión más ética y respetuosa de [las personas, en especial de] los trabajadores con [dignidad] derechos, intereses y necesidades propias. no [reducidos a ] medios [e instrumentos] para alcanzar los objetivos de una [sociedad] empresa u organización[y Estado] ."

2.
"La forma en que nos referimos a las personas en [la cotidianidad y en] los textos legales, organizacionales, y de gestión de personal(,) tiene un impacto significativo en la percepción del valor humano y ético de [las personas y en especial] los trabajadores

Al redactar políticas, procedimientos, y cualquier tipo de documentación, es esencial usar un lenguaje que respete la dignidad y el valor intrínseco de cada persona.

Aquí hay algunas recomendaciones para incorporar un enfoque (x) humanista en el lenguaje de los textos [y palabras]:

1. Referirse a las Personas como individuos o miembros de (un)equipo:

 En [laboral debe] (x) referirse a los empleados (x) "miembros de equipo", "colaboradores" o "profesionales". Esto [refiere a] su identidad y contribución individual [y social]. 

2. Enfatizar en la [persona], contribución y no solo la función: 

Al describir el trabajo de las personas, (se) destaca su [aporte y] contribución al éxito de la organización, no solo sus (funcionalismo y) tareas.

3. Promover la individualidad, [la colectividad] y el desarrollo personal: 

Los textos deben reconocer y fomentar el desarrollo profesional y personal (x) , destacando [condiciones y] oportunidades de aprendizaje y crecimiento.

4. Utilizar un lenguaje [incluyente, plural] y respetuoso: 

Es fundamental evitar términos (x) deshumanizantes o que reduzcan a las personas a una (cosa) mercancía o un inventario.

5. Reconocer el bienestar integral (x): 

Los documentos deben considerar y promover [la dignidad humana] el bienestar físico, mental y emocional (x) , reconociendo que son personas con vidas [cotidianas] fuera del contexto laboral.

6. Reflejar la cultura organizacional y los Valores Éticos: 

El lenguaje utilizado debe ser coherente con los valores y la cultura de [respeto de la dignidad humana y la vida] lo (que) debe enfocarse en la ética, el respeto y el valor de cada persona (y su dignidad) 

7. Ser transparente y justo: 

La comunicación debe ser clara y transparente, reflejando justicia y equidad en el trato a todas [las personas] 

8. Evitar la jerga  despersonalizante: 

Se debe evitar el uso excesivo de jerga técnica o de gestión, que pueda distanciar a los individuos de su identidad o valor personal.

Al incorporar estas recomendaciones en la redacción de textos relacionados con la gestión de personas, las organizaciones pueden ayudar a promover un entorno de trabajo más ético y respetuoso que reconoce y celebra la dignidad y el valor de cada individuo [colectividad y grupis]. Esto (x) es importante desde un punto de vista ético, (y) contribuye a una mayor satisfacción laboral y compromiso y, en última instancia, al éxito (x) " Ibídem

3. Nota de adenda. El extracto de inconstitucionalidad del título no se limita a la denominación en el Estatuto de la Justicia. 
Sus consideraciones son válidas para todas las utilizaciones, incluida la de "Capital" humano, que reduce a una formación socioeconómica y es utilitario. 
No es purismo ni romantización del lenguaje, es cuestión del "poder de las palabras" (Sigman, 22) y del trato respetuoso de la persona como ser con dignidad humana, principio del mismo cristianismo social franciscano y de la mismísima supervivencia humana civilizada. Catalogar y tratar a las personas en la condición de animal, cosa, objeto o instrumento en los regímenes totalitarios, criminales y genocidas, nos ha probado su siniestra eficacia. 
El extracto en didáctica bien pueder ser una diapositiva de contextualización sobre el tema. Se comparte ahora con la sorprendente consideración favorable de la inteligencia artificial generativa GPT y sus respectivos ajustes []. Capcast 

(*) https://es.wikipedia.org/wiki/Vladimiro_Naranjo?wprov=sfla1

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