Alerta humanitaria naranja. Propuesta de pautas preventivas

 Alerta naranja voluntaria—Campaña Nacional. Covid Características: Propositiva, pedagógica y de acción ética personal autónoma, de cada quién: Dcdh-v (Defensor ciudadano de ddhh- Voluntariado ).*

CAMPAÑA cívica personal de derechos humanos (ddhh)en pandemia, en aplicación del Art. 95 de la CPC, ordinales respectivos*, a saber:

a). De llamado. Tapabocas-porte y postura: Llamados respetuosos, cordiales y fraternos a los transeúntes que no lo tengan, y a quienes lo tienen de adorno.
A quienes cumplan con la norma expresarles efusiva felicitación simbólica con el pulgar, a los que prestan servicio público, al saludarlos con señal o voz a la distancia debida, manifestarles gratitud. Y, especialmente, requerir Distribucion pública universal de tapabocas;

b).De difusión. Renta Básica Universal (RBU- Fotografías de calle que lo evidencien para divulgar por Fb y wasap, sean tomadas con discreto respeto y ojalá autorizadas);

c). De promoción. Seguridad Humana Sanitaria de pandemia (Seguir Protocolo e implementación de Oms)

d). De participación. En general, los ordinales vinculantes del Art. 95 CPC91*. 
e). Momento. Cotidiano y  mientras se hace el ejercicio matutino reglamentario y el deber ciudadano obligue.

f). Dotación y recomendación especial. Dotarse de la protección especial al estilo policía chino en pandemia aguda, sin armas de dotación-ninguna inconstitucional convivir ni nada parecido-salvo la de la fuerza moral, y cumplir los protocolos de bioseguridad con el mayor rigor. - Al superbicho no hay que darle ninguna papaya-.

<<Recomendación especial. De presentarse situaciones delicadas y requerirse apoyo, deberá acudirse a la Defensoria del Pueblo (DP), y a las autoridades públicas, administrativas y policiva, así como a Ongs debidamente reconocidas.>>

PD. Posdata. ESTA INICIATIVA LIBRE NO ES DE PROPIEDAD DEL SUSCRITO Y TIENE VOCACIÓN POSPANDÉMICA:
—PUEDE IR MEJORÁNDOSE EN FORMA COLABORATIVA, PARTICIPATIVA, Y HACIÉNDOSE Y APROPIÁNDOSE EN FORMA COLECTIVA. 
-Por transparencia informo que ha sido puesta informalmente a consideración, dada la condición de pensionado de la entidad, de trayectoria mayor a dos décadas, y de ahí el escudo en la cachucha:
-"Que si nos ha de coger, que nos coja comulgados con la vida y su dignidad, en la defensa y promoción de los ddhh en tiempos de pandemia"—Foto. Sede Defensoría del Pueblo, Colombia, 20. 
***
*CPC91. Ord. 1, 2,4, 5,6, 8 y conc. Artículo 95. La calidad de colombiano enaltece a todos los miembros de la comunidad nacional. Todos están en el deber de engrandecerla y dignificarla. El ejercicio de los derechos y libertades reconocidos en esta Constitución implica responsabilidades. Toda persona está obligada a cumplir la Constitución y las leyes. Son deberes de la persona y del ciudadano:
1. Respetar los derechos ajenos y no abusar de los propios;
2. Obrar conforme al principio de solidaridad social, respondiendo con acciones humanitarias ante situaciones que pongan en peligro la vida o la salud de las personas;
4. Defender y difundir los derechos humanos como fundamento de la convivencia pacífica;
5. Participar en la vida política, cívica y comunitaria del país;
6. Propender al logro y mantenimiento de la paz;
8. Proteger los recursos culturales y naturales del país y velar por la conservación de un ambiente sano;

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